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Consejos Legales para las Manifestaciones IDENTIFICACIÓN Y RETENCIÓN 1. La policía tiene "derecho" (restringido, aunque en la práctica lo empleen de forma generalizada e indiscriminada) a pararte y pedirte la documentación para identificarte. Si té niegas, pueden "RETENERTE", lo cual significa que te llevarán a comisaría para identificarte allí. 2. Si tú en ningún momento te niegas a identificarte, y lo haces, aunque sea de forma oral (también pueden identificarte otras personas presentes en ese momento), sólo pueden retenerte para impedir la comisión de un delito o falta o sancionar una infracción. 3. En la práctica es una técnica policial habitual para controlar y amedrentar, debes exigir que te expliquen el motivo por el cual te piden la identificación, procura que sea tan desagradable para ell@s como para ti, aunque esto pueda acarrearte un posible "cacheo" como represalia por tu actitud, a este cacheo no puedes negarte, pero debe de estar igualmente motivado. Es aconsejable ir a una manifestación sin drogas u objetos que puedan ser considerados como armas. También es preferible no llevar libretas con direcciones. 4. Habitualmente suelen hacer preguntas a las cuales no tienes obligación de responder, cuanta menos información les facilites más preservarás tu derecho a la intimidad. 5. En caso de retención no tienen derecho a hacerte ningún tipo de ficha o fotografía y mucho menos hacerte desnudar o algún tipo de registro corporal. El registro corporal queda restringido a lo que ordene un Juez, y las reseñas (toma de huella) o fotografías sólo a efectos de investigación pero no de identificación si se ha podido determinar por otros medios tu persona. DETENCIÓN 1. Si el motivo por el que te requiera la policía para acompañarles es una detención, ésta debe de basarse en razones "racionalmente suficientes" para creer que hayas participado en la comisión de algún hecho delictivo, cuando sea inminente la comisión del delito, se esté cometiendo, la persona esté fugada o te hayas negado expresamente a identificarte. 2. En el mismo momento de la detención deben informarte de forma comprensible de las razones, de tus derechos y especificar los hechos que se te imputan. Están obligados también a mostrarte su documentación. QUÉ HACER UNA VEZ EN COMISARÍA 1. Tienes derecho a una llamada telefónica y ponerte en contacto con la persona que desees. Así mismo tienes derecho a guardar silencio, a no declarar contra ti mism@ y a declarar sólo ante un juez. Antes de la declaración en comisaría (el decir que no quieres declarar es ya considerado la declaración) no puedes hablar con tu abogad@, la entrevista reservada es después. Es importante, recuerda, haz valer tu derecho, lo más seguro es responder obstinadamente "NO TENGO NADA QUE DECLARAR". Hasta que no hayas hablado con tu abogado no conocerás cuál es tu mejor defensa, así tendrás más posibilidades de reflexionar sobre los acontecimientos y preparar la actitud a seguir. 2. Además de los citados, tienes entre otros derechos, a un intérprete y a un reconocimiento médico (muy importante si tienes lesiones), derechos que, antes de declarar, han de leerte en la comisaría y has de firmar una hoja donde te das por informado de los mismos. 3. La detención ha de durar el menor tiempo posible, esto es, el necesario para la investigación policial, que en ningún caso puede durar más de 72 horas, una vez haya expirado este plazo han de ponerte en libertad o a disposición del Juez de Guardia, única persona que puede autorizar la prisión provisional. |
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